- Retiro Programado su pensión lo pagara en UF la AFP
- Renta Vitalicia su pensión la pagara en UF la Compañía de Seguros
Retiro programado
- La pensión es en UF y la pagara la AFP mensualmente.
- Cada año la AFP recalculará el monto de la pensión, la que variara cada año.
- Los fondos son de propiedad del afiliado y se irán consumiendo a medida que se vayan usando para pagar la pensión y variarán por la fluctuación de los fondos.
- Puede cambiarse a Renta Vitalicia cuando lo desee siempre y cuando cumpla los requisitos.
- Si fallece en esta condición los fondos que queden generaran pensión de sobrevivencia a beneficiarios legales y en caso de no existir estos constituirán herencia.
Renta Vitalicia Inmediata
- Se contrata con una Compañía de Seguros de Vida.
- Todos tus ahorros previsionales serán traspasados a la Compañía de Seguros, por lo tanto, ya no serán de propiedad del afiliado.
- La Compañía de Seguros recibido los fondos previsionales emitirá una póliza de seguro que obliga al pago de una pensión mensual fija en UF para toda la vida.
- En caso de fallecimiento pagará una Pensión de Sobrevivencia a los beneficiarios legales por toda su vida, en los mismos porcentajes que en la modalidad de Retiro programado ( AFP ).
- Una vez contratada la Renta Vitalicia no se puede cambiar de Modalidad de Pensión ni de Compañía de Seguros. O sea, es irrevocable para toda la vida.
Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida
- Se contrata con una Compañía de Seguros de Vida y es una renta vitalicia mensual, fija en UF, que comienza a pagarse a partir de una fecha futura, dejando en su cuenta individual en la AFP un monto para una renta temporal, que será pagada por la AFP durante ese periodo.
- Respecto de la renta vitalicia que incluye esta modalidad, el afiliado tiene la posibilidad de solicitar que la pensión en el periodo temporal sea hasta el doble del monto de la pensión en renta vitalicia diferida.
Renta Vitalicia con Cláusula Periodo Garantizado
- Se contrata con una Compañía de Seguros de Vida y es una renta vitalicia mensual, fija en UF.
- Tiene por objetivo asegurar mejores condiciones para tu grupo familiar en caso de tu fallecimiento.
- En caso de fallecimiento durante un período convenido, denominado período garantizado, tus beneficiarios legales recibirán en conjunto, la totalidad de la pensión.
- En caso de no existir beneficiarios legales, se puede designar a una o más personas como beneficiarios designados para que reciban la pensión durate dicho período.
- Una vez transcurrido el periodo garantizado luego de terminado el período garantizado la pensión operara como una Renta Vitalicia inmediata.
- Las rentas no cobradas durante el período garantizado no habiendo beneficiarios legales constituirán herencia.
Renta Vitalicia con Cláusula de aumento Temporal de Pension
- Se contrata con una Compañía de Seguros de Vida y es una renta vitalicia mensual en UF.
- Tiene por objeto aumentar la pensión en los primeros años, al igual que la Renta Vitalicia Diferida o Temporal, la diferencia es que con esta cláusula se pagara la pensión fija en UF durante todo el periodo de la Renta Vitalicia por la Compañía de Seguros.
Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado
- Es una pensión que se paga una parte por Retiro Programado y otra parte por una renta vitalicia, de acuerdo al saldo que se destine para cada opción.